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PREGUNTAS FRECUENTES AREA ÉTICA/BIOETICA
1.- Pregunta: Mi proyecto requiere aprobación de comité de ética, ¿debo escribirlo en inglés o puedo hacerlo en español?
Respuesta: Los proyectos de las áreas de biologías, medicinas, salud y producción animal, agronomía, deben presentar sus proyectos en inglés, sin embargo, si los proyectos contemplan el trabajo con personas, muestras biológicas y/o animales, pueden hacerlo en español, adjuntando el acta del Comité de Ética de su institución.
2.- Pregunta: Escribí mi proyecto en inglés y este considera trabajo con personas, ¿el consentimiento informado debo presentarlo en español y en inglés, o sólo en inglés?
Respuesta: Si usted escribió su proyecto en inglés, debe presentar el consentimiento informado en ambos idiomas. Es indispensable presentar un ejemplar del consentimiento informado en español, pues ese será el documento que leerán las personas que participen en los estudios. Sin embargo, el ejemplar del consentimiento informado en inglés también es importante ya que los evaluadores podrían opinar sobre los aspectos éticos.
3.- Pregunta: Mi proyecto lo escribiré en inglés y contempla trabajo con animales, pero yo estimo que no requiere certificación bioética. Si no adjunto ningún tipo de certificación en los plazos establecidos en las bases ¿Podría haber algún problema?.
Respuesta: Todos los proyectos que incluyen trabajo en animales deben presentar certificación bioética. Sin embargo, los comités institucionales, pueden certificar que un proyecto no requiere aprobación bioética de acuerdo a sus criterios. Si esto no está explícito, la postulación se considerará fuera de bases al término del plazo máximo establecido, esto es 18 agosto 2008.
4.- Pregunta: Mi proyecto contempla la utilización de muestras humanas recolectadas durante los últimos años y almacenadas en un banco y probablemente fueron tomadas para un fin distinto del que concierne a mi proyecto. Además no tengo ninguna posibilidad de presentar los consentimientos informados. ¿Qué puedo hacer?
Respuesta: En principio una muestra biológica no puede ser utilizada para un fin distinto para el que fue obtenida, sin previo Consentimiento Informado del sujeto. Si usted no tiene como demostrar que las muestras fueron tomadas con consentimiento informado, y no le es posible obtener un consentimiento (muestras encriptadas o anonimizadas, antiguas, imposibilidad de ubicar o fallecimiento del sujeto, etc.), el Comité de Ética de su Institución, luego de comprobar que no es posible obtener un consentimiento para el estudio actual en cuestión, puede asumir la responsabilidad de autorizar el uso de las muestras para fines distintos para los que originalmente fueron obtenidas. Existen o debieran existir criterios institucionales sobre el período de tiempo que es exigible a los Investigadores Responsables de intentar ubicar a las personas para obtener su Consentimiento Informado (que es lo que debería hacerse).
El marco regulatorio está en: http://www.bioetica.org/unesco-datosgen.htm.
El documento está disponible en la página web de Fondecyt: http://www.fondecyt.cl/bioetica, en documentos de consulta: Declaración Internacional sobre los Datos Genéticos Humanos de la UNESCO.
Se recomienda además consultar los otros documentos que están disponibles en esa misma página web.
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